La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad emitió un comunicado oficial tras la polémica excarcelación de los imputados Erotides Mercedes Calderón y Juan Valera Barreto, investigados por el atentado con explosivos contra la sede del Ministerio Público de Trujillo. El pronunciamiento busca aclarar los alcances legales del caso y las acciones que el Ministerio Público ha iniciado para determinar posibles omisiones funcionales.
El origen del caso: un ataque que estremeció a Trujillo
El atentado, ocurrido meses atrás, puso en alerta a todo el sistema de justicia en La Libertad. La sede del Ministerio Público fue blanco de un ataque explosivo que, según las investigaciones, estaría vinculado a redes criminales que operan en la región. Tras una labor de inteligencia, la Policía Nacional y la Fiscalía lograron la detención de Calderón y Valera, quienes fueron sindicados como presuntos autores del atentado.
El Ministerio Público solicitó entonces la prisión preventiva por nueve meses, medida que fue aprobada por el Poder Judicial con el objetivo de garantizar el avance de la investigación.

El vencimiento del plazo y la controversia legal
El comunicado emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores precisa que la medida de prisión preventiva vencía el 20 de octubre de 2025. En esa fecha, los detenidos debían continuar recluidos si se presentaba una solicitud de prolongación de prisión preventiva o si el caso se adecuaba a un proceso complejo.
Según el documento, el expediente fue declarado de investigación compleja el 12 de mayo de 2025, lo que habilitaba a extender el plazo inicial de nueve meses hasta dieciocho meses, en virtud de la dificultad de recabar pruebas y procesar información relacionada con un delito de alto impacto.
Sin embargo, el pronunciamiento reconoce que, pese a esa disposición, no se formalizó a tiempo el requerimiento fiscal de prolongación de prisión preventiva, lo que generó el vencimiento del plazo y, en consecuencia, la liberación de los imputados.
La Fiscalía explica el marco legal
El documento invoca expresamente el artículo 274° del Código Procesal Penal, que faculta al fiscal a solicitar la prolongación de la prisión preventiva cuando subsisten los elementos de convicción, el peligro procesal y se presentan dificultades especiales en la investigación.
Esta herramienta legal —subraya el comunicado— es una atribución exclusiva del fiscal a cargo, y su oportuna presentación resulta crucial para evitar la libertad procesal de los investigados. La falta de dicho requerimiento constituye una omisión procesal que debe ser evaluada por los órganos de control interno.
Investigación interna y control funcional
La Presidencia de la Junta de Fiscales ha informado que la situación ha sido puesta en conocimiento de la Autoridad Desconcentrada de Control de La Libertad, el órgano encargado de determinar si existió alguna inconducta funcional o negligencia por parte del fiscal a cargo del caso.
El comunicado sostiene que se ha solicitado un informe inmediato con los fundamentos de hecho y de derecho que expliquen por qué no se presentó a tiempo el requerimiento formal. Esta revisión busca establecer responsabilidades y, de ser el caso, aplicar sanciones disciplinarias conforme al régimen del Ministerio Público.
Implicancias institucionales y críticas públicas
La excarcelación de los investigados ha generado indignación en la ciudadanía trujillana, donde el crimen organizado y los ataques a instituciones públicas han dejado una estela de violencia e impunidad. La liberación de los presuntos responsables de un atentado contra la Fiscalía —símbolo de la lucha contra la delincuencia— ha sido interpretada como un revés institucional que pone en cuestión la eficacia del sistema judicial.

