Condenan a excandidato a la Alcaldía de Moche por favorecer contrataciones con empresa vinculada a su familia

TRUJILLO, LA LIBERTAD. Un proceso judicial por presuntas irregularidades en contrataciones de la Municipalidad Distrital de Moche concluyó, en primera instancia, con una sentencia condenatoria contra dos personas involucradas en adquisiciones de equipos informáticos realizadas durante el año 2019.

El Octavo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo declaró responsables del delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo público a Hugo Elí Olano Rojas, quien se desempeñaba como cotizador de la Oficina de Logística municipal, y Luis Jeancarlos Mendoza Asmat, exgerente de Tecnología y Sistemas Informáticos de la comuna. Mendoza Asmat fue candidato a la Alcaldía de Moche en el último proceso electoral.

El primero fue condenado como autor y el segundo como cómplice, de acuerdo con la parte resolutiva de la sentencia correspondiente al expediente N.º 03794-2020-53-1601-JR-PE-09, al cual tuvo acceso Causa Justa.

Ambos recibieron una condena de cuatro años de privación de libertad. Sin embargo, el juzgado convirtió esta pena en 208 jornadas de prestación de servicios a la comunidad, por lo que la resolución no dispone su ingreso inmediato a prisión.

La decisión judicial también contempla cinco años de inhabilitación para ejercer funciones públicas, una multa individual de S/1,395 y el pago solidario de S/18,000 por reparación civil.

El caso gira alrededor de J&L Quality Rent A Car S.R.L., empresa que fue contratada por la Municipalidad Distrital de Moche para suministrar diversos bienes informáticos. Según los antecedentes recogidos en la sentencia, la compañía fue constituida en enero de 2011 y tuvo entre sus socios fundadores a Luis Jeancarlos Mendoza Asmat y Cynthia Evelyn Mendoza Asmat.

Posteriormente, Luis Mendoza transfirió sus participaciones societarias en 2015.

En febrero de 2017, Jorge Luis Mendoza Fernández, padre de Luis Jeancarlos Mendoza Asmat, adquirió participaciones de la empresa y asumió su gerencia general. Esta relación familiar resultó relevante para el análisis de las contrataciones municipales realizadas en 2019.

Durante ese periodo, Luis Mendoza Asmat ejercía funciones como gerente de Tecnología y Sistemas Informáticos de la Municipalidad de Moche. La investigación fiscal sostuvo que el funcionario intervino en requerimientos de bienes que posteriormente fueron adquiridos a una empresa vinculada con su entorno familiar.

Las contrataciones investigadas comprendieron la adquisición de computadoras, impresoras multifuncionales, accesorios informáticos y otros componentes tecnológicos. Según la acusación recogida en la sentencia, en varios procedimientos la empresa J&L Quality Rent A Car S.R.L. fue la única proveedora considerada para determinar el valor de las adquisiciones.

La Fiscalía cuestionó que no se hubiera efectuado un estudio de mercado suficiente que permitiera comparar las ofertas de otras empresas especializadas.

También observó que la actividad económica principal registrada por la compañía estaba relacionada con el transporte terrestre de pasajeros, mientras que la comercialización mayorista no especializada figuraba como actividad secundaria.

Para la acusación, estas circunstancias reforzaban los indicios de un interés indebido en las contrataciones.

La documentación judicial también describe que determinadas órdenes de compra, guías de remisión y facturas fueron emitidas en una misma fecha, situación que formó parte del análisis de los procedimientos de adquisición.

De acuerdo con la sentencia, Hugo Elí Olano Rojas intervino en los procedimientos de cotización vinculados con las adquisiciones cuestionadas. Por su parte, Luis Jeancarlos Mendoza Asmat participó en la formulación de requerimientos de equipos informáticos desde su cargo municipal.

La Fiscalía sostuvo que las actuaciones favorecieron la contratación de J&L Quality Rent A Car S.R.L., pese a que existían otros posibles proveedores especializados.

El juzgado declaró responsable a Olano Rojas como autor del delito de negociación incompatible y a Mendoza Asmat como cómplice.

El delito, previsto en el artículo 399 del Código Penal, sanciona el interés indebido de un funcionario o servidor público en operaciones o contratos en los que interviene por razón de su cargo.

La parte resolutiva de la sentencia establece las siguientes sanciones para Hugo Elí Olano Rojas y Luis Jeancarlos Mendoza Asmat: cuatro años de privación de libertad, convertidos en 208 jornadas de servicios a la comunidad y cinco años de inhabilitación para ejercer funciones, cargos o comisiones públicas, conforme a los alcances fijados en la sentencia, así como multa de S/1,395 para cada condenado y una reparación civil de S/18,000, que deberán pagar solidariamente a favor del Estado.

La resolución establece que los sentenciados deberán presentarse ante la Dirección de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario cuando la sentencia quede consentida o ejecutoriada. También advierte que el incumplimiento injustificado de la pena convertida puede dar lugar a su revocatoria, conforme a las disposiciones del Código Penal.

ABSUELVEN AL EXJEFE DE ABASTECIMIENTO

La sentencia también resolvió la situación jurídica de Carlos Enrique Minchola Lavado, quien se desempeñó como jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Moche. El juzgado decidió absolverlo de la acusación fiscal por negociación incompatible. Asimismo, declaró infundada la solicitud de reparación civil formulada en su contra.

Por tanto, la condena comprende únicamente a Hugo Elí Olano Rojas y Luis Jeancarlos Mendoza Asmat, mientras que Carlos Minchola Lavado fue absuelto en este proceso.

El proceso evidencia la importancia de los mecanismos de control en las contrataciones públicas, especialmente cuando participan funcionarios vinculados familiarmente con empresas proveedoras.

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Causa Justa

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