Una grave denuncia ha remecido los cimientos del proceso electoral en el Colegio de Abogados de La Libertad (CALL). A pocos días de culminadas las votaciones para el periodo 2025-2027, miembros de una de las listas participantes presentaron una solicitud formal de nulidad del proceso electoral, alegando serias irregularidades que comprometerían la legalidad y transparencia del sufragio.
Condonaciones fuera de ley
El detonante de esta denuncia es el uso irregular de exoneraciones de multas a agremiados inhabilitados. Según la denuncia, el Comité Electoral y dos trabajadores del CALL habrían facilitado que abogados con deudas superiores a tres meses sean habilitados para votar, sin haber cancelado las multas correspondientes.
Esta acción contraviene directamente lo establecido por el propio colegio, que a través de una resolución de decanato había autorizado una amnistía del 30 de abril al 9 de mayo de 2025 para regularizar deudas, según se indica. La exoneración fuera de este plazo no solo viola los plazos establecidos, sino que también habría servido como incentivo para captar votos a favor de una lista específica: la Lista N.º 7 que encabezaba el abogado Mario Deza.
Pruebas documentales y testigos
La denuncia está respaldada por pruebas contundentes: Declaración jurada del abogado Luis Tisnado Solís (Reg. CALL 5425), quien asegura que fue inducido a permitir el voto de agremiados no habilitados; grabaciones de audio en las que se escucha a trabajadores del CALL, incluyendo a Martín José Miguel Castro Burquet, coordinar versiones con terceros para encubrir lo ocurrido; mensajes de WhatsApp que evidencian la presión e intento de manipulación; comprobantes de pago por Yape a nombre de la tesorera Mirella Lizbeth Ramos Luján, lo cual genera aún más sospechas sobre una gestión paralela e informal de las regularizaciones.















Uno de los documentos más llamativos muestra una transacción vía Yape por S/ 150 soles realizada el mismo día de las elecciones, supuestamente para cubrir cuotas ordinarias y permitir el voto, dejando de lado las multas reglamentarias.
¿El patrón: inducir al voto irregular?
El artículo 356 del Código Penal es citado en la denuncia, el cual sanciona con penas de prisión a quienes, mediante dádivas o promesas, inducen a un elector a votar o no votar en un sentido determinado. Esto cobra especial relevancia dado que la omisión del cobro de multas no fue general, sino focalizada, favoreciendo —según los denunciantes— a una lista específica.
Asimismo, se cuestiona que el Comité Electoral no haya permitido la participación de veedores debidamente acreditados, en violación del artículo 55° del reglamento del CALL.
Otro punto crítico señalado es la falta de control sobre el padrón electoral. Pese a que el artículo 51° permite la reincorporación de habilitados hasta el mismo día de las elecciones, se exige que estos presenten comprobantes de pago y que su regularización quede registrada en el padrón. Sin embargo, no habría existido tal control ni registro formal de los pagos ni de la rehabilitación de los votantes.
¿Una operación orquestada desde adentro?
El testimonio de Estela Barrionuevo y las evidencias adjuntas apuntan a una operación orquestada desde la Tesorería y el Comité Electoral, con el fin de asegurar votos para una de las listas. La participación directa de funcionarios como Martín Castro Burquet y Mirella Lizbeth Ramos Luján ha sido denunciada formalmente, según la denuncia. La forma en la que se manejaron los pagos, las coordinaciones para cubrir versiones y la manipulación del padrón, constituyen —según los denunciantes— un “fraude electoral tácito”.
Frente a este panorama, la Lista N.º 3 solicitó la nulidad de las elecciones 2025-2027 por contravenir los principios de legalidad, equidad y transparencia. El documento presentado al Consejo Directivo del CALL cuenta con 22 folios y una lista de anexos probatorios, entre ellos audios, DNI, cartas firmadas y recibos de pago.
Los denunciantes concluyen que esta situación no solo perjudica a los candidatos de otras listas, sino también pone en riesgo la institucionalidad del Colegio de Abogados de La Libertad.
La decisión recae ahora en el Consejo Directivo del CALL y las instancias legales correspondientes. Si se prueba que existió inducción al voto irregular y condonaciones fuera de norma, se estaría ante una grave afectación al proceso democrático interno de uno de los gremios más importantes de la región.

