Familia de vigilante muerto en El Golf exige investigar a tres jueces que ordenaron liberar a empresaria Maricsa Alfaro

TRUJILLO, LA LIBERTAD. La decisión judicial que permitió recuperar su libertad a la empresaria Maricsa Polet Alfaro Cerna, condenada por causar la muerte del vigilante Juan Martínez Torres cuando conducía en estado de ebriedad, continúa generando cuestionamientos en La Libertad.

Esta vez, los familiares de la víctima exigieron que se investigue la actuación de los tres magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad que modificaron la condena de prisión efectiva impuesta inicialmente a la conductora.

La resolución, emitida el 7 de octubre de 2026, sustituyó la ejecución efectiva de una pena de cuatro años, seis meses y 26 días de prisión por una pena suspendida durante un periodo de prueba de dos años.

Aunque la condena penal se mantuvo, la decisión permitió que Alfaro Cerna dejara de cumplirla en un establecimiento penitenciario, bajo las condiciones establecidas por el tribunal.

Para los familiares de Juan Martínez, el cambio en la ejecución de la pena representa una decisión difícil de aceptar, considerando las circunstancias en las que ocurrió el atropello mortal.

“PEDIMOS JUSTICIA, QUE SE INVESTIGUE A LOS TRES JUECES”

Alexandra Lozada, sobrina del vigilante fallecido, expresó públicamente su indignación por la decisión judicial. Manifestó que la familia se siente desprotegida frente al sistema de justicia. “Nosotros, los pobres, nos sentimos muy atados de mano no poder hacer nada. Creo que acá se han comprado jueces y fiscales. No llegó la justicia que debió haber llegado”, declaró. Lozada insistió en que corresponde investigar las circunstancias de la resolución que favoreció la excarcelación de la empresaria.

“Pedimos justicia, que se investigue (a los tres jueces). Esos tres jueces son los responsables que hoy por hoy Maricsa Polet goce de su libertad”, sostuvo. El pedido se dirige a los magistrados Víctor Burgos Mariños, Jorge Colmenares Cavero y Manuel Loyola Florián, integrantes de la sala que resolvió la apelación.

DE UNA CONDENA EFECTIVA A UNA PENA SUSPENDIDA

El 5 de junio de 2026, el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Unidad de Flagrancia de Trujillo impuso a Maricsa Polet Alfaro Cerna una condena de cuatro años, seis meses y 26 días de prisión efectiva por el delito de homicidio culposo.

La decisión estuvo relacionada con el atropello que ocasionó la muerte de Juan Martínez Torres, ocurrido el 3 de mayo de 2026 en la urbanización El Golf, distrito de Víctor Larco Herrera. Posteriormente, la defensa de la empresaria cuestionó la sentencia ante la instancia superior.

El 7 de octubre, la Segunda Sala Penal de Apelaciones resolvió modificar la modalidad de ejecución de la pena y disponer su suspensión por dos años. Es importante precisar que la Sala no absolvió a la conductora ni eliminó su responsabilidad penal. La controversia se concentra en la decisión de permitir que la pena se cumpla bajo un régimen suspendido, en lugar de mantener el encarcelamiento efectivo.

LA MODIFICACIÓN FUE ADOPTADA POR UNANIMIDAD.

Uno de los aspectos más relevantes del caso es la condición en la que la empresaria conducía el vehículo involucrado en el accidente. De acuerdo con la resolución judicial previamente examinada por Causa Justa, Alfaro Cerna manejaba un vehículo Mercedes-Benz GLE 450 Coupé y registró 1.84 gramos de alcohol por litro de sangre. Asimismo, su licencia de conducir se encontraba vencida desde 2022.

Estas circunstancias fueron consideradas en el proceso penal por la muerte del vigilante.

Para los familiares de Martínez Torres, la gravedad de estos hechos resulta incompatible con una decisión que permita a la conductora recuperar su libertad. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, la discusión sobre la modalidad de ejecución de una condena debe distinguirse de la determinación de responsabilidad por el delito.

La controversia radica en si los fundamentos utilizados por la Sala justificaban modificar la pena efectiva inicialmente impuesta.

“HAY UN PADRE QUE SUFRE Y ESPERA POR SU HIJO”

La hermana de la víctima, Rosmery Martínez, también cuestionó duramente el pronunciamiento judicial. “Estamos indignados y apenados. La justicia peruana y las autoridades no nos representan”, declaró. a familiar relató, además, una situación particularmente dolorosa para el entorno de Juan Martínez Torres. “Hay un padre (José Martínez) que sufre y espera por su hijo y hasta ahora no sabe que está muerto”, manifestó.

Sus declaraciones reflejan el impacto emocional que la muerte del vigilante continúa generando en su familia. Rosmery Martínez rechazó que la Sala haya considerado excesiva la ejecución efectiva de la pena, según su interpretación de la decisión judicial.

Para los deudos, la excarcelación representa una respuesta insuficiente frente a la pérdida de una vida humana. Otro aspecto de la resolución de segunda instancia fue la modificación de la reparación civil. El tribunal incrementó a S/400,000 el monto establecido a favor de los familiares de Juan Martínez Torres.

Esta disposición constituye una obligación económica derivada de la responsabilidad civil por los daños ocasionados. Sin embargo, el incremento de la reparación no implica por sí mismo que el dinero ya haya sido pagado ni que los deudos hayan expresado conformidad con la sentencia. La reparación económica y la ejecución de la pena penal responden a finalidades distintas. Mientras la primera busca compensar los daños ocasionados, la segunda se relaciona con las consecuencias penales del delito.

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Causa Justa

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