Incrementar hasta doce años de cárcel para los que usen de manera indebida prendas, insignias o símbolos distintivos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú; y hasta cuatro años para los que ostenten distintivos de función o cargos que no ejercen, mediante la modificación de los artículos 315 y 362 del Código Penal (CP), es la iniciativa legislativa que impulsa el parlamentario liberteño Diego Bazán Calderón.
“La propuesta busca que, durante una reunión tumultuaria, es decir, durante los conocidos disturbios, la persona que atenta contra la integridad física de otros o cause graves daño a la propiedad pública o privada; y con el agravante si usan prendas, insignias o símbolos distintivos de nuestras fuerzas del orden, deben merecer penas más severas”, explicó el congresista liberteño.
En esa línea, el proyecto de ley Nro. 4521, presentado el 20 de marzo último, respecto al artículo 315 del CP, sobre “Disturbios”, referido a que durante una reunión tumultuaria se atente contra personas o propiedades públicas y/o privadas, y usen distintivos policiales y militares, la norma actual precisa que la “pena privativa de la libertad será no menor de ocho ni mayor de diez años”, por lo que ahora, Bazán Calderón propone que tales delitos sean “no menor de ocho ni mayor de doce años”.
Con relación al artículo 362, sobre la ostentación de distintivos de función o cargos que no ejerce, o se arroga grado académico, título profesional u honores que no le corresponden, el Código Penal señala en la actualidad que la sanción es “no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario de diez a veinte jornadas”; ahora, con la iniciativa del legislador de Avanza País se propone hasta cuatro años de pena “si el agente ostenta insignias o distintivos militares o policiales”.