El Gobierno Central, a través de un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano, dispuso la prórroga del estado de emergencia en la provincia de Pataz, en la sierra de La Libertad, debido a la presencia de organizaciones criminales que han tomado el control de esta zona para ejercer la minería ilegal a sangre y plomo.
La decisión de prorrogar el estado de emergencia se dio desde la Presidencia de la República, por la mandataria Dina Ercilia Boluarte Zegarra. En un país donde la seguridad ciudadana y el control del orden interno se habían vuelto un desafío constante, el gobierno considera que esta medida es esencial para proteger a la población de las crecientes amenazas contra su vida e integridad.
El estado de emergencia había comenzado a principios de año, con un plazo inicial de 30 días en tres departamentos: Amazonas, La Libertad y Tacna. La Policía Nacional del Perú tomó el control del orden interno, apoyada por las Fuerzas Armadas. Sin embargo, a medida que pasaban los meses, parecía que el estado de emergencia era más la norma que la excepción.
La última prórroga, que llevó a este día, fue la N° seis. Inicialmente, la provincia de Pataz se encontraba bajo el estado de emergencia debido al aumento del accionar criminal en la región. La Comandancia General de la Policía Nacional del Perú argumentaba que la situación es insostenible sin esta medida.
Las leyes peruanas son claras. La Policía Nacional del Perú tiene la responsabilidad de garantizar, mantener y restablecer el orden interno, así como de prevenir, investigar y combatir la delincuencia. Sin embargo, el Decreto Legislativo N° 1095 estableció que las Fuerzas Armadas también tienen un papel en el control del orden interno en situaciones de violencia en zonas bajo estado de emergencia, por lo que sí se hace posible su intervención.
El Decreto Supremo firmado por Dina Ercilia Boluarte Zegarra prorrogaba el estado de emergencia por un mes más en Pataz. Con esto, las restricciones al ejercicio de derechos constitucionales se mantienen, lo que implica la suspensión de la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personal.