Rechazan proyecto del Congreso que favorece a criminales

Diversas organizaciones que representan a víctimas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) han expresado su enérgico rechazo al proyecto de ley N° 6951/2023-CR, recientemente aprobado en primera votación por el Congreso de la República del Perú.

Este proyecto de ley, que declara la prescripción de los procesos relativos a delitos de lesa humanidad correspondientes a hechos anteriores a la vigencia del Estatuto de Roma y de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, ha generó una fuerte controversia.

La votación, que resultó en 60 votos a favor, 36 en contra y 11 abstenciones, implica que «nadie será procesada, condenada, ni sancionada por delito de lesa humanidad o crímenes de guerra por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra. Esta medida aún debe ser ratificada en una segunda votación dentro de siete días para su aprobación final.

De aprobarse esta norma, se promovería la impunidad en todos los casos vinculados al conflicto armado interno ocurrido en el Perú durante las décadas de 1980 a 2000. Esto incluye investigaciones y procesos judiciales en curso, como los casos emblemáticos de Cabitos, Huanta, Manta y Vilca (década de 1980), Río Chari, Universidad del Centro (década de 1990), Caraqueño-Pativilca, Esterilizaciones Forzadas (en el que está siendo investigado/procesado Alberto Fujimori Fujimori), entre otros. Además, anularía las sanciones impuestas a aquellos que ya han sido encontrados culpables de estos hechos, cuentos como los casos Accomarca, Chumbivilcas, Cabitos 83 y Chuschi (1980), Barrios Altos, La Cantuta, Gómez Palomino, y Sótanos del SIE (durante la dictadura de Fujimori).

La aprobación inicial de este proyecto de ley colisiona con la obligación estatal de investigar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el Perú. Esta obligación no sólo se encuentra en la Constitución, sino también en el derecho internacional derivado de los tratados y acuerdos internacionales en materia de derechos humanos debidamente ratificados por el Perú. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en varias sentencias, ha reafirmado esta obligación, destacando que «son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretenden impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones». tumbas de los derechos humanos». El Estado no puede argumentar normas de derecho interno para eximirse de esta obligación.

En respuesta a la decisión del Congreso, varias organizaciones de derechos humanos han manifestado su rechazo, calificando el proyecto de ley como una «amnistía disfrazada» que busca transgredir las obligaciones internacionales del Perú y perpetuar la impunidad de los responsables de graves violaciones de derechos humanos. . Entre estas organizaciones se encuentran la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS), la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), Estudios para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS), la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ), el Instituto de Defensa Legal (IDL) y Paz y Esperanza.

Estas organizaciones han destacado la importancia de que el Estado peruano cumpla con sus obligaciones internacionales y garantice justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos, rechazando cualquier intento de otorgar impunidad a los responsables de tales crímenes.

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Causa Justa

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