La entrada en vigencia de la Ley N.° 32130, que modifica el Código Procesal Penal (CPP) y transfiere a la Policía Nacional del Perú (PNP) la conducción de las investigaciones preliminares, ha generado un intenso debate en el ámbito jurídico y político. Para el past decano del Colegio de Abogados de La Libertad, Luis Antonio Saldaña Ruidias, esta norma no solo es inconstitucional, sino que además ha traído más problemas que soluciones.
El especialista explicó que la medida buscó responder al malestar ciudadano frente a la lentitud del Ministerio Público en las investigaciones. Sin embargo, advirtió que en la práctica el cambio ha resultado contraproducente.
“Se pensó que otorgar a la Policía el mando de la investigación preliminar ayudaría a fortalecer y agilizar las diligencias. Como idea, podría aceptarse, pero la realidad es muy distinta”, señaló.
Para Saldaña, la PNP carece de preparación académica, técnica y logística para conducir investigaciones penales de manera profesional. A ello se suma la vulnerabilidad frente a la corrupción, con numerosos casos de efectivos involucrados en procesos judiciales.
Investigaciones más lentas y plagadas de errores
El exdecano denunció que las investigaciones preliminares en manos de la Policía se han convertido en un “caos”. Según detalló, los fiscales emiten la disposición de apertura, pero la PNP demora en asignar responsables, programar diligencias y realizar notificaciones.
“El tiempo se pierde en trámites y cuando el expediente regresa al Ministerio Público suele estar incompleto, con errores graves y fuera de plazo. El fiscal termina reiterando oficios una y otra vez, lo que contradice el espíritu de la ley”, explicó.
Otro punto crítico señalado por Saldaña es el trato autoritario de algunos efectivos policiales hacia abogados y ciudadanos. “Se imponen obstáculos innecesarios, se generan abusos y eso afecta el derecho de defensa y la confianza en la justicia”, advirtió.
Una norma inconstitucional
Saldaña sostuvo que la Ley N.° 32130 es abiertamente inconstitucional. Recordó que el artículo 159 de la Constitución otorga al Ministerio Público la conducción de las investigaciones desde el inicio, y que la PNP solo debe cumplir las órdenes fiscales.
Asimismo, el artículo 166 establece que la labor policial es garantizar el orden interno y la seguridad ciudadana, no reemplazar a la Fiscalía.
“Con esta ley se desnaturaliza la función policial: se les saca de las calles para sentarlos detrás de un escritorio, justo cuando el país atraviesa una ola de criminalidad sin precedentes”, alertó.

