Denuncian presuntas irregularidades en concurso público en la Corte Superior de Justicia de La Libertad

La meritocracia en jaque. Una grave denuncia presentada ante la Unidad de Integridad de una entidad pública ha puesto bajo la lupa el Concurso Público DL 728 – Convocatoria N.º 001-2025 en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, que venía desarrollándose en aparente normalidad hasta que se encendieron las alertas.

Esto tras calificaciones técnicas sospechosamente altas, vínculos personales con el comité evaluador y la presunta participación de personas no autorizadas durante la revisión de exámenes. Todo esto ha motivado la solicitud de suspensión inmediata del proceso.

Se trata de una denuncia documentada presentada por un participante anónimo, que sostiene que el proceso está viciado desde sus raíces. La solicitud invoca los principios constitucionales de mérito, transparencia, legalidad y debido proceso, y se ampara en la Ley N.º 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, y la Ley N.º 28175 – Ley Marco del Empleo Público.

¿Filtración del banco de preguntas?

Según el denunciante, varios postulantes obtuvieron calificaciones técnicas inusualmente altas, levantando sospechas sobre una posible filtración previa del examen técnico. “Es imposible que tantos logren puntajes casi perfectos sin que haya existido alguna filtración”, sostiene.

Más allá de los puntajes, lo que más preocupa es la presunta afinidad o cercanía entre los postulantes mejor ubicados y los propios miembros del Comité Evaluador. Se señala, por ejemplo, a exsubordinados del presidente del comité, conocidos personales, y hasta a una supuesta “amiga íntima” del veedor sindical y de un funcionario clave conocido como «Sr. Kike».

Aunque el Comunicado Oficial N.º 01-2025 señalaba que la revisión fue realizada por los miembros del Comité en presencia de veedores acreditados, fotografías obtenidas por el denunciante demostrarían la participación de otras personas, lo que compromete gravemente la cadena de custodia de los exámenes y el principio de neutralidad.

¿Puede anularse el proceso?

La solicitud presentada cita con claridad: Artículo 23 de la Ley 27444, que exige imparcialidad, legalidad y verdad material en todo procedimiento administrativo. Artículo 5 de la Ley 28175, que protege los principios de mérito e igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público.

Normativa SERVIR sobre concursos públicos, que establece que cualquier hecho que vulnere la objetividad del concurso es causal suficiente para su suspensión o anulación.

Exigen investigación y cambio de comité

El denunciante ha solicitado la suspensión inmediata del proceso y la conformación de una nueva comisión evaluadora libre de vínculos con los postulantes observados. Además, exige acceso transparente a todos los expedientes, actas y evaluaciones.

La continuidad del concurso, afirma el documento, “deslegitima completamente a la institución convocante y podría configurar omisión de funciones” si no se actúa con firmeza.

Casos como este no son nuevos en la administración pública peruana. La sombra de los concursos amañados, las “listas de recomendados” y la manipulación interna han minado la credibilidad de muchos procesos. ¿Se repetirá la historia en la Convocatoria N.º 001-2025?

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Causa Justa

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