Una mujer denunció haber sido víctima de presuntos actos de violencia física y psicológica por parte de su conviviente, identificado como el efectivo policial de iniciales R.V.A., ocurrido la madrugada de este domingo 27 de septiembre de 2026 en Trujillo. El caso adquiere una dimensión adicional por dos circunstancias que deberán ser esclarecidas por las autoridades. La denunciante sostiene que durante el incidente el policía habría rastrillado —es decir, preparado para disparo— un arma de fuego dentro de la vivienda donde convivían. También afirma que inicialmente habría encontrado resistencia para que su denuncia fuera atendida en la dependencia policial.
Causa Justa tuvo acceso al Oficio N.° 1053-2026-REGPOL-LL/DIVOPUS-T/CEA-SVF, fechado este 27 de septiembre y dirigido por la Comisaría PNP El Alambre al director del Instituto de Medicina Legal de Trujillo para que la víctima pase los exámenes respectivos. El documento acredita que el caso ya se encuentra bajo conocimiento policial y solicita que se practique un reconocimiento médico legal a la agraviada.
La propia Policía consigna que la mujer “refiere que ha sido víctima de presuntos hechos” comprendidos dentro de la Ley N.° 30364, norma destinada a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. El oficio identifica específicamente como presunto agresor a su conviviente, R.V.A., de 23 años, y señala que los hechos habrían ocurrido aproximadamente a las 00:30 horas del 27 de septiembre.
La Policía añade que la pericia resulta “ÚTIL, PERTINENTE Y NECESARIA” para resolver una denuncia que ya existe en esa sede policial. El oficio está suscrito por el comandante PNP Johnn Barriga Mendoza, comisario de El Alambre, y precisa que la diligencia fue dispuesta por la representante del Ministerio Público Julia Sánchez Susandar, del Segundo Equipo de Investigación de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lesiones de La Libertad.
De acuerdo con la información proporcionada a este medio, se le habría indicado que existían inconvenientes para continuar con esa diligencia debido a que el denunciado no se encontraba detenido. Según la información entregada a Causa Justa, durante el incidente ocurrido en la vivienda que compartía la pareja, el policía habría rastrillado su arma de fuego.
La denunciante también sostiene que inicialmente habría encontrado obstáculos dentro de la Comisaría El Alambre para formalizar o continuar con su denuncia. Si existió una negativa inicial, una demora injustificada o algún intento de evitar que la denuncia siguiera su trámite, corresponderá determinar quiénes intervinieron y cuáles fueron las razones. La normativa vigente establece expresamente que el personal policial no puede negarse a recibir una denuncia por violencia. También obliga a la Policía a registrar y tramitar inmediatamente los hechos puestos en su conocimiento.
Entre las diligencias que permitirían esclarecerlo están los registros de ingreso a la comisaría, el SIDPOL, el libro de ocurrencias, las horas consignadas en las actuaciones policiales y fiscales, las cámaras de seguridad de la dependencia y las declaraciones de los efectivos que estuvieron de servicio.
¿Hubo flagrancia?
La versión proporcionada a este medio sostiene que se trató de una situación de flagrancia. La Ley N.° 30364 establece que, cuando existe flagrante delito vinculado con actos de violencia contra las mujeres o integrantes del grupo familiar, la Policía procede a la inmediata detención de la persona agresora y comunica los hechos al Ministerio Público.
Por ello será necesario conocer a qué hora terminó el presunto episodio, cuándo acudió la denunciante ante la Policía, qué información proporcionó, qué actuaciones se realizaron inmediatamente y si el efectivo denunciado todavía podía ser ubicado e intervenido bajo los presupuestos establecidos por la legislación procesal.

