El Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, que despacha la jueza Alicia Villanueva Miranda, admitió a trámite un hábeas corpus presentado por el abogado Jean Paul Silva León en defensa del alcalde de Trujillo, César Arturo Fernández Bazán.
La demanda está dirigida contra las magistradas Cecilia León Velásquez, Ofelia Namoc Aguilar y Liliana Janet Rodríguez Villanueva, quienes son juezas superiores de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, y también contra Jorge Luis Quispe Lecca, juez del Quinto Juzgado Unipersonal de Trujillo.
El demandante alega que se han vulnerado derechos constitucionales en el marco del expediente de querella N° 02466-2021-0-1601-JR-PE-01, afectando la libertad ambulatoria y otros derechos conexos, como el derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional. Según la demanda, el alcalde Fernández Bazán fue desviado de la jurisdicción predeterminada por la ley y sometido a un procedimiento distinto al establecido.
Como resultado, el tribunal admitió la demanda de Habeas Corpus y requiere información documentada de los jueces demandados sobre las actuaciones cuestionadas. Además, se ordena la remisión de copias de los actuados judiciales del proceso ordinario correspondientes a la etapa de juicio oral y superior.
El tribunal se muestra a favor de cautelar el derecho constitucional de defensa de los jueces demandados, quienes también podrán ser notificados en sus respectivas casillas electrónicas y domicilios legales.
El proceso se encuentra en desarrollo, y se espera que, una vez obtenida toda la información necesaria, se programe una audiencia única donde se escucharán las alegaciones de las partes y se emitirá un pronunciamiento de fondo acorde a los principios constitucionales y procesales vigentes.
La presente resolución será notificada a todas las partes procesales a través de sus casillas electrónicas obtenidas del Sistema Integrado Judicial o mediante cédulas u otros medios que garanticen una comunicación eficaz.
El caso ha captado la atención pública y mediática debido a la relevancia del cargo que ostenta el demandante y la controversia en torno a las actuaciones judiciales cuestionadas.
En su escrito, el abogado Jean Silva León argumenta que se han transgredido derechos constitucionales en el expediente de querella: N° 02466-2021-0-1601-JR-PE-01, que amenazan su libertad ambulatoria y transgreden derechos conexos, tales como su derecho al goce del principio del debido proceso y la tutela Jurisdiccional, por cuanto ninguna persona puede ser desviada de la Jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ello conforme al inciso 1 del artículo 139 de nuestra Carta Magna.
Asimismo, por cuanto se ha afectado su derecho al goce del principio constitucional de la debida motivación de las resoluciones, establecido en el inciso 5 del antes referido artículo, que establece la motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, excepto los decretos de mero trámite, con mención expresa de la In aplicable y de los fundamentos de hecho en que se sustentan.
En ese sentido, el abogado pidió dejar sin efecto las resoluciones número 31 de fecha 20 de junio de 2023, emitida por los integrantes de la Segunda Sala Penal Superior de Trujillo, mediante la cual confirma la sentencia contenida en la resolución nro. 13, de fecha 23 de agosto del 2022 emitida por el 5to Juzgado Penal Unipersonal, emitidas en el expediente dé querella N® 02466-2021-0- 1601-JR-PE, y dejar que la justicia especial continúe con el trámite del proceso especial de violencia contra la mujer, bajo las normas de la Ley N° 30364 para que sea dentro de dicho procedimiento penal donde se identifiquen los cargos a imputar y se permita la defensa legal de su patrocinado.

