El Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Otuzco, Santiago De Chuco y Julcán ante los medios probatorios presentados por la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Otuzco que cumplió con acreditar su teoría del caso, dictó sentencia contra Santos Luis Hurtado Hernández a seis años de cárcel por el delito de lesiones graves con consecuencia de muerte. El pedido fue realizado por la fiscal Deysi Marixel Saldaña More.
Los hechos datan del 22 de febrero del 2021 cuando el agraviado Toribio Hernández Julca, descansaba junto a su familia, y la madrugada de aquel día ingresa a su domicilio pateando la puerta el investigado Santos Luis Hurtado Hernández, amenazando y gritando de que los iba a matar.
Es en ese momento de que se levantó el agraviado y salió fuera de la puerta donde hay un patio, ante los constantes gritos que realizaba el denunciado, salieron los hijos de Don Toribio, Deysi y Abel Hernández Flores, intentando agredir a este, pero salió en su defensa su padre, donde el investigado empujo con fuerza al agraviado, cayendo sobre un poyo (banquita de concreto), aprovechando el investigado para golpear con un puñete en el rostro a Abel, intento levantarse el agraviado, pero ya no podía, por lo que toda su familia al verlo inconsciente, lo metieron a la casa, retirándose el denunciado del lugar.
Al notar la condición grave del señor Toribio, su familia decidió llevarlo a la ciudad de Trujillo, para trasladarlo a Resonorte, donde le practican una tomografía, la cual fue interpretada por un médico, quien señalo que conforme a las placas, el agraviado tenía un edema cerebral y derrame, que necesitaba hospitalización dado su cuadro crítico, sin embargo por la circunstancias que se daban en ese momento (pandemia) y a los escasos recursos económicos de los familiares del agraviado, es que optaron por cuidarlo y atenderlo en la casa de su hijo Ander, donde le administraron pastillas, lamentablemente el 26 de febrero del 2021 en horas de la mañana fallece.
El Informe Pericial de Necropsia Médico Legal N°000060-2021, practicado al agraviado, este concluyó: “herniación Cerebelar, Hemorragia Subaracnoidea e Intraparenquimal” como causal de muerte. A ello se suma que obraban conversaciones por el chat del messanger del Facebbok, donde el acusado reconocía los hechos, pedía perdón y preguntaba por la salud del agraviado.