La legalidad y transparencia del proceso electoral interno del Colegio de Abogados de La Libertad (CALL) está en entredicho. El Ministerio Público ha dispuesto el inicio de una investigación preliminar por el presunto delito de falsedad genérica a raíz de graves denuncias sobre la habilitación indebida de agremiados inhabilitados, modificación del padrón electoral y omisión en el cobro de multas que habrían alterado el resultado de los comicios para el periodo 2025-2027.

Según la carpeta fiscal N.° 23060104504-2025-2878-0, bajo responsabilidad de la fiscal Martha Gemaly Rosales Echevarría de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, se investigan presuntos hechos delictivos que habrían afectado la legalidad del sufragio profesional dentro del gremio jurídico más importante de la región.

¿Qué se denuncia?
Alteración de registros, condonaciones irregulares y manipulación del padrón. El detonante de la investigación fue el escrito presentado por las abogadas Estela Elizabeth Barrionuevo Valverde y Edith Carranza Enríquez, quienes solicitaron la nulidad del proceso electoral tras advertir una supuesta irregularidad en la condición del abogado Luis Alberto Tisnado Solís, quien habría sido inicialmente inhabilitado por no pagar multas, pero luego fue habilitado sin que se cobrara la sanción.

El documento fiscal indica que el comité electoral y funcionarios del CALL habrían cambiado el estatus del abogado omitido sin base legal clara, aplicándole una amnistía irregular, pese a que esta solo fue válida entre el 30 de abril y el 9 de mayo de 2025.
Además, se acusa a trabajadores del Colegio y miembros de la Junta Directiva 2023–2025 de permitir el voto de abogados que no habían cumplido con el pago de multas y cuotas, mediante coordinaciones telefónicas y omisiones deliberadas el día de la segunda vuelta electoral. Esta acción se habría efectuado a través de la Tesorería institucional, lo cual, según el Ministerio Público, configura indicios de fraude electoral interno.
Fiscalía sustenta el inicio de diligencias
La fiscal Rosales Echevarría señala que el caso se enmarca dentro del delito de falsedad genérica (artículo 438° del Código Penal), al simular condiciones que no correspondían para alterar la verdad y generar perjuicio a terceros, en este caso a otros agremiados y al resultado de las elecciones del gremio.
“El que de cualquier otro modo que no esté especificado en los Capítulos precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros… será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, señala el art. 438° del Código Penal.
La fiscalía ha considerado la complejidad y gravedad del caso, por lo que realizará las diligencias en sede fiscal por un plazo de 60 días, para determinar si corresponde formalizar investigación preparatoria y contra qué personas.
¿Quiénes deberán declarar?
Las siguientes personas han sido citadas para rendir su testimonio ante el Ministerio Público entre el 1 y el 2 de julio de 2025:
Jessica J. Cesias López – presidenta del Comité Electoral del CALL.
Estela Elizabeth Barrionuevo Valverde – denunciante.
Edith Carranza Enríquez – denunciante.
Luis Alberto Tisnado Solís – agremiado presuntamente habilitado de forma irregular.
Martín José Miguel Castro Burguet – trabajador del CALL.
Mirella Lizbeth Ramos Luján – trabajadora del CALL.
Asimismo, se ha requerido al Colegio de Abogados de La Libertad que informe quién tenía a su cargo la actualización del padrón electoral y si existió un proceso de amnistía que justificara la habilitación del abogado Tisnado y otros.


