El delito de lavado de activos, que implica blanquear grandes cantidades de dinero provenientes de actividades ilícitas como el narcotráfico, la prostitución, la trata de personas, el terrorismo, la minería ilegal, la corrupción y otros, podría llevar a los involucrados a recibir una pena de hasta 35 años de cárcel, según lo señaló el juez Luis Del Carpio Narváez del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional.
El juez enfatizó la gravedad de este delito, destacando que es una de las mayores lacras que la sociedad enfrenta. Aclaró que para ser condenado por lavado de activos no es necesario que se esté investigando el delito previo ni que exista una sentencia, solo basta la presunción de que el dinero proviene de fuentes ilícitas.
En cuanto a las sanciones, el tipo base del delito de lavado de activos conlleva una pena mínima de 8 años y una máxima de 15 años. Sin embargo, esta pena puede aumentar significativamente en casos específicos, como cuando el delito es cometido por miembros de organizaciones criminales, funcionarios públicos que se aprovechan de su cargo, o cuando el monto del dinero blanqueado supera las 500 unidades impositivas tributarias.
El juez también mencionó que los testaferros, personas que actúan como representantes de otros para ocultar la verdadera propiedad de los bienes, recibirían la misma sanción que el autor del delito y los integrantes de organizaciones criminales. Sin embargo, aclaró que los jueces tienen la facultad de dosificar la pena de acuerdo con la responsabilidad probada de cada involucrado, ya sea el cabecilla, los mandos medios o los testaferros.