El Juzgado Civil de San Pedro de Lloc declaró fundada una demanda de amparo presentada por un grupo de agricultores y ordenó la realización de elecciones complementarias en la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase A, tras determinar que miles de usuarios no pudieron ejercer su derecho al voto durante el proceso electoral desarrollado en octubre de 2025.
La decisión fue emitida mediante la Resolución N.° 11, suscrita por la jueza Ana María Falen Barrera, quien además dispuso la nulidad de la resolución administrativa de la Administración Local del Agua (ALA) Jequetepeque que reconocía al actual Consejo Directivo para el periodo 2026-2029, así como la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos.
Más de 7 mil usuarios no pudieron votar
Según la sentencia, durante las elecciones realizadas el 12 de octubre de 2025 se registraron graves irregularidades que impidieron el sufragio de 7.216 usuarios, lo que representa más del 60 % del padrón electoral.
El fallo judicial señala que en las comisiones de usuarios de San Pedro, San José, Pueblo Nuevo, Pacanga y Talambo no se instalaron adecuadamente las mesas de votación, hubo falta de material electoral y se detectaron inconsistencias en los padrones.
La magistrada concluyó que estas irregularidades vulneraron el derecho de participación de miles de usuarios y afectaron la legitimidad del proceso electoral.
Anulan reconocimiento del ALA y registro en Sunarp
Pese a las deficiencias detectadas, la Administración Local del Agua reconoció administrativamente a la directiva elegida, permitiendo posteriormente su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
Sin embargo, el juzgado determinó que dicha inscripción no subsana las irregularidades del proceso electoral y ordenó tanto la nulidad de la resolución administrativa como la cancelación del asiento registral correspondiente.
Habrá elecciones solo en cinco comisiones
La jueza descartó anular la totalidad del proceso electoral al considerar que ello afectaría a quienes sí pudieron ejercer válidamente su voto.
En ese sentido, ordenó que en un plazo máximo de 30 días hábiles se convoquen elecciones complementarias únicamente en las cinco comisiones donde el proceso fue interrumpido, a fin de completar la representación de los usuarios.
Consejo Directivo continuará con funciones limitadas
Mientras se realizan las elecciones complementarias y se proclama a la directiva definitiva, el actual Consejo Directivo continuará ejerciendo funciones, aunque con restricciones.
La resolución judicial establece que sus integrantes no podrán realizar actos de disposición patrimonial ni efectuar cambios de personal, con el propósito de preservar la estabilidad institucional y garantizar la continuidad de la distribución del recurso hídrico durante la campaña agrícola.

