María del Carmen Olórtegui no está calificada para la Contraloría

La Contraloría General de la República reveló una serie de irregularidades en la designación de María del Carmen Olórtegui Risco como jefa de la Oficina Defensorial II de La Libertad, en un caso que pone en entredicho los principios de meritocracia y neutralidad que deben regir en las instituciones del Estado.

Según el Informe N.º 001-2025-2-0680-SCE, elaborado tras un proceso de control específico, Olórtegui Risco no cumplía con los requisitos esenciales para el cargo. La funcionaria no acreditó experiencia específica en la función o materia requerida, y además, mantenía una afiliación activa al partido político Alianza Para el Progreso (APP) al momento de su nombramiento, lo cual constituye una infracción directa a la normativa de neutralidad que rige en la Defensoría del Pueblo.

El documento oficial indica que su designación se dio el 18 de noviembre de 2024 mediante Resolución Administrativa N.º 0126-20247/DP, firmada por el jefe del Gabinete de la Defensoría, Juan José Canales Durand, quien también fue nombrado pocos meses antes, el 24 de junio de 2024, sin que se hubiera acreditado su experiencia en el cargo que asumía.

¿QUÉ DICE LA NORMATIVA?

La Contraloría recuerda que la Directiva N.º 002-2019/DP, que establece los lineamientos sobre la neutralidad política de los servidores de la Defensoría del Pueblo, exige que quienes asuman cargos de confianza no mantengan vínculos partidarios activos y que se garantice la imparcialidad en el ejercicio del cargo.

“No solo se incumplieron requisitos de experiencia, sino que se vulneró abiertamente el principio de imparcialidad política. Ambos designados, Olórtegui y Canales, estaban afiliados a APP al momento de asumir funciones clave dentro de una institución que, por definición, debe mantenerse al margen de todo interés partidario”, se señala en el informe.

De acuerdo con la Contraloría, María del Carmen Olórtegui no presentó descargo alguno ante las observaciones formuladas, lo que agrava su situación frente a un posible proceso administrativo o penal. Ante la gravedad de los hallazgos, el órgano de control ha solicitado a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios iniciar acciones legales penales contra los servidores involucrados.

Asimismo, el informe insta a la Defensoría del Pueblo a efectuar el deslinde correspondiente de responsabilidades, tanto administrativas como funcionales, para salvaguardar la institucionalidad de uno de los organismos más importantes en la protección de derechos ciudadanos.

Hasta el momento, ni la Defensoría del Pueblo ni María del Carmen Olórtegui han emitido un pronunciamiento oficial sobre el caso. Voces dentro del sector público consideran que esta omisión no solo mina la credibilidad de la Defensoría, sino que debilita los avances en transparencia y control que exige la ciudadanía frente a las designaciones públicas.

Este nuevo episodio pone nuevamente bajo escrutinio los mecanismos de designación en el aparato estatal, especialmente en entidades cuya misión es vigilar el cumplimiento de derechos fundamentales. En medio de un contexto nacional marcado por denuncias de corrupción e interferencia política, la expectativa pública recae ahora sobre las acciones que pueda tomar la Defensoría y la justicia peruana frente a lo revelado.

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Causa Justa

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