LIMA, PERÚ. El ministro de Defensa, Rafael Belaunde Llosa, fue objeto de una denuncia constitucional dirigida a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) de la Cámara de Diputados, por presuntas irregularidades relacionadas con la designación y permanencia de funcionarios en cargos públicos.
El escrito, presentado por Ysidro Apolinar Neyra Gaitán y dirigido al presidente de la subcomisión, Daniel Varas Seguín, atribuye al titular de Defensa una presunta infracción constitucional y solicita evaluar su responsabilidad por el delito de nombramiento, designación, contratación o aceptación ilegal de cargo público, contemplado en el artículo 381 del Código Penal.
La denuncia comprende tres casos que, según el denunciante, deben ser examinados por el Congreso: el nombramiento del viceministro Darwin Eufracio, la permanencia de Beny Vásquez Alegría en el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial y la designación de Maritza Johanna Manturano Castro como jefa del Gabinete de Asesores del Ministerio de Defensa.
El primer caso señalado corresponde a la designación de Darwin Eufracio como viceministro del sector Defensa. De acuerdo con la denuncia, el cuestionamiento está relacionado con el presunto incumplimiento de los requisitos de idoneidad exigidos para desempeñar el cargo. El denunciante solicita que se evalúe si la designación respetó las condiciones establecidas en la normativa aplicable a los altos funcionarios públicos.
El segundo caso involucra a Beny Vásquez Alegría, vicepresidente del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial. Según la denuncia, Vásquez Alegría fue designado inicialmente como integrante del Consejo Directivo mediante la Resolución Suprema N.º 177-2022-DE, publicada el 31 de diciembre de 2022.
Posteriormente, una resolución publicada el 19 de noviembre de 2024 ratificó su designación y prorrogó su mandato para el período 2025-2026, con efectos desde el 1 de enero de 2025. El escrito sostiene que el funcionario no cumpliría los requisitos de formación y experiencia necesarios para desempeñar sus funciones.
En particular, cita el numeral 5.2.4 del Reglamento Interno del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, que, según la denuncia, exige formación y experiencia en materia previsional o administración económico-financiera.
El denunciante afirma que Vásquez Alegría carecería del perfil exigido y cuestiona que el ministro Rafael Belaunde no haya adoptado medidas respecto de su permanencia. El tercer caso está relacionado con Maritza Johanna Manturano Castro, identificada en la denuncia como jefa del Gabinete de Asesores del Ministerio de Defensa.
El documento cuestiona su nombramiento debido a investigaciones fiscales vinculadas con su anterior gestión en la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima (EMILIMA S.A.).
Según el escrito, Manturano Castro es investigada por los presuntos delitos de organización criminal y colusión agravada en el caso denominado Los servidores fantasmas de EMILIMA.
La denuncia cita investigaciones periodísticas, entre ellas las difundidas por el programa Cuarto Poder, que abordaron presuntas irregularidades en la aprobación y contratación de proveedores durante su anterior desempeño en la empresa municipal. El documento sostiene que la funcionaria habría sido identificada por la investigación fiscal como presunta líder de una red relacionada con la contratación irregular de al menos 22 proveedores.
En la primera página del documento, el denunciante señala como fundamentos de su acusación el artículo 38 de la Constitución Política del Perú y el artículo 381 del Código Penal.
También invoca los artículos 99 y 100 de la Constitución, relacionados con el procedimiento de acusación constitucional contra determinados altos funcionarios. El artículo 381 del Código Penal regula el nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo público, en los supuestos establecidos por la legislación vigente. La denuncia busca que el Congreso examine si las decisiones atribuidas al ministro de Defensa se ajustaron a los requisitos legales y constitucionales.

