En un hecho sin precedentes en Trujillo, la Defensoría del Pueblo ha presentado un hábeas corpus correctivo para exigir el traslado inmediato de un adolescente recluido en el penal de varones El Milagro hacia un centro juvenil, al considerar que su permanencia en un establecimiento penitenciario de adultos vulnera flagrantemente sus derechos fundamentales.
La acción judicial fue interpuesta ante el Juzgado Penal de Turno de Trujillo y tiene como eje central la aplicación de la controvertida Ley 32330, que permite, en determinados casos, que adolescentes sean internados en penales comunes.
Para la Defensoría, esto es inaceptable.
“Incompatible con el bloque de constitucionalidad”
La institución señala que la mencionada ley entra en colisión directa con la Constitución, el Código de los Niños y Adolescentes y tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Perú. En palabras de la propia Defensoría, “el tratamiento actual al que se ve sometido el adolescente es inadecuado, desproporcionado y contrario a su condición especial de menor de edad”.
El argumento central del hábeas corpus es que el artículo primero de la Constitución del Perú —que consagra la dignidad humana como fundamento del Estado— no puede ser dejado de lado por una norma ordinaria. Tampoco pueden ignorarse los compromisos internacionales que exigen un enfoque de justicia restaurativa, no punitiva, para menores en conflicto con la ley.
Un llamado al Ministerio Público y al Poder Judicial
La Defensoría del Pueblo ha hecho un enérgico llamado a fiscales y jueces de todo el país para que apliquen el control difuso, es decir, que puedan inaplicar leyes cuando estas resulten incompatibles con la Constitución. Además, exhorta al Ministerio Público a ejercer su función de defensa de la legalidad poniendo por delante el principio de interés superior del niño.
Este caso, que ha generado preocupación en organismos de derechos humanos, pone nuevamente en debate los límites del sistema penal frente a la adolescencia. ¿Hasta qué punto puede el Estado tratar a un menor como si fuera un adulto? ¿Y qué consecuencias trae esto para su rehabilitación, su integridad y su futuro?
Un precedente clave para la justicia juvenil
Este hábeas corpus no solo busca el traslado inmediato del adolescente al centro juvenil, sino también sentar jurisprudencia para que hechos similares no se repitan. Desde la perspectiva de la Defensoría, permitir que un menor de edad sea encarcelado junto a adultos equivale a institucionalizar el abandono estatal de sus garantías básicas.
“El sistema de justicia no puede permitirse castigar a un niño como si fuera un criminal irrecuperable. Es responsabilidad del Estado protegerlo, incluso cuando ha cometido un delito. Esa es la diferencia entre una democracia y la ley del más fuerte”, señaló una fuente de la institución.
“La justicia no puede esperar”
El comunicado finaliza con una frase contundente:
“La justicia no puede esperar cuando se trata de proteger a un menor de edad.”
El mensaje es claro: cuando se trata de niños, la urgencia no es una opción, es un deber.

