Ministerio de Cultura exhorta a propietarios de inmuebles históricos a implementar medidas preventivas
Esto, ante la amenaza de fenómenos naturales como lluvias intensas y sismos y evitar poner en riesgo la vida de las personas y la pérdida del Patrimonio Cultural.
El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) de La Libertad, recomendó a los propietarios de los inmuebles de condición monumental, a implementar medidas preventivas en sus propiedades, ante la amenaza de fenómenos naturales como lluvias intensas y sismos y, así, evitar poner en riesgo la vida de las personas y la pérdida del Patrimonio Cultural.
Por ello, recomendó a los propietarios de las casonas coloniales de Trujillo, realizar acciones preventivas inmediatas tales como el apuntalamiento de estructuras (muros y techos) y, de ser necesario, el desmontaje de elementos que estén a punto de colapsar.
También recomendó la revisión constante de instalaciones eléctricas y sanitarias para evitar un corto circuito o filtraciones. La competencia directa de los propietarios para hacer estos trabajos preventivos e implementar acciones para su conservación, toda vez que estas edificaciones son de propiedad privada.
El sector Cultura, a través de la DDC La Libertad, brinda asistencia técnica por parte de sus arquitectos y conservadores, a fin de mejorar y conservar el bien inmueble. Existen propietarios que han presentado proyectos a la sede regional del Ministerio de Cultura solicitando la aprobación para la mejora de sus instalaciones eléctricas y de sus fachadas.
En los próximos días, el equipo técnico del área funcional de Patrimonio Histórico Inmueble, socializará con los propietarios de los inmuebles de condición cultural en riesgo, la ley N.º 31770 que modifica la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, donde se señala que, si el propietario realiza acciones de mejoramiento de conservación del inmueble, no necesita una licencia de edificación, solo la regularización de intervenciones no autorizadas.
La ley precisa que no se otorga la autorización vía regularización de verificarse la existencia de afectaciones irreparables en el bien cultural inmueble, como consecuencia de la ejecución de intervenciones u obras públicas o privadas, no autorizadas por el Ministerio de Cultura.
Por último, precisa cual es la única excepción a la regla antes mencionada. “La existencia de siniestros como terremotos, incendios, inundaciones o desastres naturales, donde se haya producido la afectación total del bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación”.