El Poder Judicial sentenció al líder de Alianza para el Progreso y exgobernador regional de La Libertad, César Acuña, a un año y seis meses de prisión suspendida tras hallarlo responsable del delito de atentado contra la libertad de trabajo, al no cumplir una resolución judicial que ordenaba el pago de una deuda laboral.
Según la resolución emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de La Libertad, Acuña incumplió de manera deliberada una sentencia firme que disponía el desembolso de S/ 88.525 a favor de una docente cesante, beneficio que dejó de percibir debido a un error en el cálculo efectuado por el Gobierno Regional. La beneficiaria falleció durante el proceso y su hijo continuó con la demanda.
La pena fue reducida debido a que el exgobernador no registraba antecedentes penales y superaba los 65 años cuando ocurrieron los hechos. Por ello, la condena quedó suspendida, evitando su internamiento en un establecimiento penitenciario, aunque deberá acatar diversas reglas de conducta.
Entre las condiciones impuestas por el juzgado figuran no cambiar de domicilio sin autorización judicial, abstenerse de cometer un nuevo delito similar, acudir cada 30 días ante la autoridad de control para informar sus actividades y cancelar un total de S/ 97.377, monto que comprende la obligación laboral pendiente y la reparación civil fijada en el proceso.
La sentencia fue emitida el 20 de mayo de 2026. Al día siguiente, Acuña anunció públicamente que no participaría como candidato al Gobierno Regional de La Libertad. Una condena en primera instancia constituye un impedimento para postular a cargos de elección popular mientras permanezca vigente.
No obstante, el proceso aún no concluye. La defensa del dirigente político presentó un recurso de apelación, por lo que una Sala Penal de Apelaciones deberá revisar el caso y decidir si confirma o revoca el fallo.
Juzgado rechazó la defensa
Durante el proceso, la defensa de Acuña sostuvo que el exgobernador nunca fue notificado válidamente sobre la orden judicial y que el cumplimiento del pago dependía del Ministerio de Economía y Finanzas, por lo que no existió intención de incumplir la resolución.
Sin embargo, el juzgado concluyó que la notificación sí fue realizada correctamente en la sede oficial del Gobierno Regional de La Libertad y que el documento fue recibido por la oficina de trámite documentario. Asimismo, recordó que un pedido previo para anular dicha notificación ya había sido declarado improcedente en el proceso laboral.
En su resolución, el magistrado determinó que existían elementos suficientes para acreditar la responsabilidad penal de Acuña, descartando sus argumentos de defensa y concluyendo que actuó con responsabilidad en el incumplimiento del mandato judicial.

