Indecopi multa a Saga Falabella por no cumplir promoción de bloqueadores La Roche-Posay

Una promoción que parecía sencilla terminó en una sanción. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) multó a Saga Falabella por no cumplir con una oferta publicada en su página web: por la compra de dos bloqueadores solares La Roche-Posay, el cliente recibiría una tercera unidad de regalo.

La denuncia fue presentada por una consumidora que intentó acogerse a la promoción. Compró dos unidades del producto “La Roche-Posay / Anthelios Age Correct” con la expectativa de recibir el tercero como obsequio. Sin embargo, al momento de realizar la compra en línea, el sistema no incluía el producto adicional prometido.

Cuando presentó su reclamo, la empresa respondió que no podía cumplir con la promoción debido a la falta de stock. El detalle que terminó por agravar el caso fue que la oferta seguía publicada y vigente en la página web al momento del reclamo.

La empresa se allanó

Durante el procedimiento administrativo, Saga Falabella no objetó la denuncia y decidió allanarse, es decir, aceptar la pretensión formulada en su contra. En términos legales, el allanamiento implica que el denunciado reconoce la infracción señalada.

En su resolución, Indecopi consideró que la empresa vulneró el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual establece que los proveedores deben cumplir con las condiciones ofrecidas en su publicidad.

Medidas correctivas y entrega del producto

Como parte de la decisión, la entidad ordenó a Saga Falabella que, en un plazo máximo de quince días hábiles, entregue a la denunciante la tercera unidad del bloqueador como obsequio, tal como fue ofrecido en la promoción. El pago deberá efectuarse conforme a los precios vigentes en la fecha en que estuvo activa la oferta cuestionada.

La resolución también incluyó medidas correctivas adicionales para garantizar el cumplimiento de la normativa de protección al consumidor.

Publicidad, stock y responsabilidad empresarial

El abogado Diego Arpasi Quispe, especialista en derecho del consumidor y propiedad intelectual, sostuvo que este tipo de situaciones son frecuentes en el comercio digital. Según explicó, algunos proveedores no verifican adecuadamente su stock antes de lanzar promociones en línea.

“Indecopi declaró como cláusulas ofensivas los puntos vinculados al stock en los términos y condiciones. El proveedor debe tener claro el stock disponible en el momento de las ventas, tanto presenciales como por internet”, señaló.

Por su parte, el abogado Carlos Tejada Lombardi coincidió con la decisión. Indicó que la aplicación de la ley fue correcta y que el allanamiento de la empresa facilitó el pronunciamiento de la autoridad.

“Es un caso donde la empresa acepta la denuncia ante las evidencias presentadas. La aplicación de la ley es correcta”, precisó.

¿Qué deben saber los consumidores?

Este caso refuerza un principio básico del derecho del consumidor: lo que se anuncia, se cumple. Si una promoción está vigente y publicada, el proveedor debe honrarla, salvo que informe de manera clara y oportuna sobre sus limitaciones.

Para los usuarios, resulta clave:

  • Guardar capturas de pantalla de promociones.
  • Conservar comprobantes de compra.
  • Presentar reclamos formales cuando se incumpla lo ofrecido.
  • Acudir a Indecopi si no obtienen respuesta satisfactoria.

La decisión también envía un mensaje a las empresas que operan en plataformas digitales: la publicidad en línea tiene el mismo valor legal que la realizada en tiendas físicas.

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Causa Justa

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