Desde este martes 8 de abril, rige en Trujillo una nueva ordenanza municipal que establece límites más estrictos para la venta y consumo de alcohol en la ciudad. La norma, identificada como Ordenanza Municipal N.° 046-2024-MPT, aplica a todos los establecimientos donde se expenden bebidas alcohólicas, sin importar si cuentan o no con licencia de funcionamiento.
Según la disposición, los locales nocturnos donde se venda alcohol solo podrán operar entre las 7:00 p.m. y la 1:00 a.m., todos los días. Cumplido ese horario, deberán cerrar completamente. Con ello, la Municipalidad Provincial de Trujillo busca ordenar la actividad nocturna y reducir los impactos negativos en la convivencia ciudadana.
Además del nuevo horario, la ordenanza prohíbe expresamente que los establecimientos usen veredas o áreas verdes como espacios de estacionamiento. También exige la implementación de aislamiento acústico para evitar molestias a los vecinos y peatones, especialmente en zonas residenciales.
La medida afecta a todos los giros comerciales que operen como espacios de diversión, según lo señalado en el inciso c) del artículo 4 del documento normativo. Si bien se espera que haya mayor fiscalización por parte de las autoridades municipales, hasta el momento no se han publicado los detalles sobre las sanciones para quienes infrinjan la norma.
Esta regulación actualiza el artículo 10 de la Ordenanza Municipal N.° 024-2014 y representa un cambio importante en la dinámica nocturna de la ciudad.
Art. 10: “Establecer que el horario permitido de funcionamiento a establecimientos destinados a la venta de bebidas alcohólicas como complemento de las actividades de diversión, según cartilla de giros establecidos en el inciso c) del art. 4 de la presente Ordenanza, será de lunes a domingo de 7 de la noche a 1 de la mañana hora en la que deberán estar totalmente cerrados”.