PARA FISCALÍA, NO HAY PRUEBA CIENTÍFICA QUE SOLANGE FUE EMPUJADA

El Ministerio Público dispuso la liberación de Pedro Tacanga, empresario minero que fue acusado del presunto feminicidio de su expareja Solange Aguilar Vega, quien cayó del octavo piso de un edificio, el último miércoles en Trujillo.

Fue la fiscal Diana Kelly Soto, de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa, quien ordenó esta medida, indicando que «no hay pruebas de convicción suficientes» que acrediten mano ajena en la caída o muerte de la joven madre de 21 años de edad.

Razones
Según el documento de la providencia fiscal, algunas razones para determinar la liberación de Tacanga, son las siguientes:

Se ha recabado el informe de ingeniería forense 56-2022, que con relación a la caída ha concluido que es compatible con caída de altura accidental, lo cual deja de lado la intervención de mano ajena o caída por empuje.

No existen imágenes o videos que hayan registrado el hecho de la intervención de mano ajena que sirva para sustentar cosa distinta a lo señalado en el informe de ingeniería forense (caída accidental).

Ministerio Público, en presencia de los abogados de la parte agraviada e investigado, recepción declaraciones de testigos dentro del edificio y otro fuera del edificio, quienes informan categórica e uniformemente: que no escucharon gritos, grescas, pedidos de auxilio que haya proferido la agraviada u otro, antes del impacto o caída, que estos se han desenvuelto posteriores al impacto del cuerpo con el asfalto.

De las fotografías proporcionadas por el medico legista no se advierte rastros de estrangulamiento, muerte, lesiones que denoten provengan de sometimiento a violencia física a la agraviada.

Del acta de necropsia se ha concluido que las lesiones que presenta el cadáver tiene signos de vitalidad ( pre morten) que denota que el cuerpo ha estado con vida durante la precipitación.

La posición de los zapatos en la escena del crimen, uno en el muro que sostiene las barandas donde se dice se aproximó la agraviada y que posteriormente se metió entre la baranda para ver al hermano que había llegado y otro, que yacía próximo al cuerpo inerte de la occisa, aunado al hecho que se aprecia equimosis en la pantorrilla posterior izquierda, así como huella de presión, que hace suponer se trata al tener contacto con la baranda, con ello se corrobora la tesis del investigado sobre la forma y circunstancias en que se produjo la caída (… vio cuando levantó su pierna izquierda y el cuerpo desmoronándose al vacío…).

De la visualización del equipo telefónico del investigado, no se evidencia contextos de pelea, fuerte discusión, insultos que le haya proferido el investigado, actos de agresión o violencia. Existe comunicación del investigado informando a la agraviada que no venga a llevarse al niño a esas horas de la noche de su domicilio por que no le iba a dejar que se lo lleve a esa hora.

Por último, las Reglas de la lógica y experiencia: no es razonable, que al dicho de Julio Aguilar Vera (hermano de la occisa), permaneció el vehículo estacionado por 10 minutos aproximadamente, no haya salido de la unidad vehicular a auxiliar a su hermana si se escuchaba gritos de discusión o de auxilio… las reglas de la lógica nos hace suponer que si no se salieron del vehículo y han esperado diez
minutos dentro- según las cámaras, es por que no han podido escuchar los pedidos de auxilio que venía haciendo la agraviada. Aunado a ello no resulta lógico que el investigado produzca la muerte sabiendo que su familia esta esperando a la agraviada en la parte posterior, es decir, existiendo testigos y cámaras en el edificio, cuando lo usual o regular es realizar estas acciones sin testigos y en la clandestinidad.

Otras medidas
Ante estas razones, el Ministerio Público dispuso continuar las investigaciones del caso con la finalidad de reunir más elementos de convicción que refuercen una tesis incriminatoria. Mientras tanto, se procedió solamente a exhortar a Pedro Tacanga a no salir del país, ni de su localidad, salvo autorización de Juzgado y con conocimiento del Ministerio
Público, debiendo a someterse a reglas de conducta establecidas.

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Causa Justa

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