Suerte de empresaria queda en manos de jueces

Este miércoles 25 de noviembre, a partir de las 2 de la tarde, se decidirá la suerte de la empresaria María del Pilar Arambulú Alvarado, acusada de ser la supuesta autora intelectual del asesinato de la abogada Liset Jacquelín García Villanueva (29), perpetrado el 13 de junio del 2013, en una imprenta de la avenida España, en el centro de Trujillo.

A la abogado supuestamente la mandó a matar la empresaria al enterarse que mantenía una relación amorosa con su esposo.

En primera instancia judicial, el 13 de diciembre del 2019, el Tercer Juzgado Penal Colegiado de Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, integrado por los magistrados Omar Pozo Villalobos, Jaino Grandez Vilchez y Miriam Santillán Calderón, por unanimidad, condenaron a veinte años de cárcel a la empresaria agroindustrial e inmobiliaria, al encontrarla culpable del delito que se le imputaba.

La empresaria María Arambulú está condenada en primera instancia.

Sin embargo, la ejecución de la pena quedó suspendida por un recurso presentado por los abogados de la empresaria, quienes, a su vez, apelaron la sentencia condenatoria, la misma que será resuelta por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, conformada por los magistrados Cecilia León Velásquez, Manuel Sosaya López y Jorge Colmenares Cavero.

Renunció abogado

En esta última diligencia, César Alva Florián, reconocido abogado trujillano, quien ejercía la defensa legal de la empresaria, anunció que ya había dejado de ejercer como tal; sin embargo, no indicó las razones por las cual decidió apartarse.

Ya, con varios días de anticipación, el jurista había presentado un escrito informando a la Sala Penal de Apelaciones que había tomado la decisión de dejar la defensa legal de Arambulú Alvarado. Su participación en la audiencia, la cual se realizó vía Zoom, sólo fue para ratificar que, en efecto, ya no era más abogado de la empresaria.

César Alva Florián era el abogado de la empresaria.

La semana pasada, en audiencia, se culminó con el desarrollo de los argumentos finales y quedó al votó para decidir sí es que se anula la sentencia de 20 años de cárcel o se ratifica la misma contra María del Pilar Arambulú Alvarado. Solo basta del voto de dos de los magistrados para que se de cualquiera de los dos escenarios.

Se defiende

A la audiencia virtual también se hizo presente la propia empresaria Arambulú Alvarado, quien aseguró ser inocente de las imputaciones en su contra. Aprovechó la oportunidad para aclarar que no está detrás de las supuestas intenciones de soborno a los jueces Cecilia León Velásquez y Manuel Sosaya López, tal como estos lo denunciaron.

La procesada dijo que Lucero Zapata, una de sus amigas, fue quien se tomó atribuciones y escribió un correo a la juez León Velásquez para pedirle que tenga ciertas consideraciones al momento de emitir su fallo. Dijo que ella, en ningún momento, le solicitó que haga eso. De lo que no se pronunció fue con respecto al sobre cerrado, con dinero al interior, que una mujer dejó en el consultorio del hijo del juez Sosaya López.

Temen fuga

Los familiares de la abogada Liset Jacquelín García Villanueva exigieron hace poco a la Corte Superior de Justicia de La Libertad para que de manera inmediata se dicte el impedimento de salida del país de la empresaria María del Pilar Arambulú Alvarado, acusada de ser la supuesta autora intelectual del crimen, pues temen que ésta fugue.

Esto debido a que contra Arambulú no existe una medida de este tipo a pesar de que ya en primera instancia, el Tercer Juzgado Penal Colegiado, la condenó a 20 años de cárcel al encontrarla responsable de estar detrás del crimen.

En esta instancia, incluso, los jueces dictaron su orden de captura e internamiento en el penal El Milagro de Trujillo; sin embargo, la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, integrada por los jueces Carlos Eduardo Merino Salazar, Eliseo Giammpol Taboada Pilco y Raúl Ipanaque Anastacio (juez supernumerario o suplente), emitió una resolución suspendiendo la aplicación de la pena condenatoria de 20 años de cárcel y, por ende, su orden de captura, mientras la sentencia no sea consentida o resuelta en segunda instancia, contra la cual se presentó un recurso de apelación.

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