Con 97 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó la expulsión inmediata de extranjeros que sean detenidos en flagrancia cometiendo delitos, sin necesidad de esperar una sentencia judicial firme. Esta medida modifica el Código Penal y permitirá que un juez ordene la deportación en la audiencia de control de detención o dentro de las primeras 24 horas tras la captura.
La norma también contempla que el extranjero expulsado no podrá volver al país durante el tiempo que dure la pena máxima del delito cometido, que puede ir de 5 a 25 años. En caso de regresar al Perú, enfrentará una nueva condena que oscila entre 6 y 10 años de prisión.
Además, se permitirá incautar los bienes del delincuente para destinarlos a la reparación civil de las víctimas, mediante mecanismos como el decomiso o la extinción de dominio. Esta reparación no prescribirá con el tiempo.
El proyecto, impulsado por el congresista Alejandro Soto (APP), responde al pedido ciudadano de medidas más firmes frente a la inseguridad. Según una encuesta de CPI y Exitosa, el 95 % de los peruanos está a favor de expulsar a los extranjeros que delinquen en el país.
La ley no se aplicará a menores de edad, solicitantes de refugio ni a personas cuya deportación pueda vulnerar derechos reconocidos en tratados internacionales o la Constitución peruana.
El dictamen fue exonerado de segunda votación y pasará directamente al Ejecutivo para su promulgación. Desde el Congreso, se espera que esta herramienta legal sirva como una respuesta concreta frente al aumento de delitos cometidos por ciudadanos extranjeros.

