Mal de principio a fin. A esa fue la conclusión que llegaron, por unanimidad, los jueces Jorge Linares Rebaza, Carlos Solar Guevara y Catherine León Jacinto, del Primer Juzgado Penal Colegiado de Trujillo, con respecto a la investigación y acusación formulada por el Ministerio Público contra 42 personas a quienes las sindicaban de pertenecer a la supuesta organización criminal “Los nuevos malditos de El Triunfo”, dedicada al sicariato y la extorsión.
Los magistrados de la Corte Superior de Justicia de La Libertad determinaron, en audiencia pública, que la Fiscalía no pudo probar la existencia de esa organización criminal por lo que los absolvió a todos.
El Colegiado solo dio el adelanto del fallo. En la audiencia se indicó que el 31 de enero, a las 5 de tarde, se dará lectura de toda la resolución. En este caso, estuvo como fiscal a cargo de las investigaciones, Rafael Gonzales Hurtado. Esta resolución ha traído el resquebrajamiento de las relaciones entre los magistrados de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y el Ministerio Público, pues a esta última instancia se le está diciendo, prácticamente, que hizo un pésimo trabajo, más aún cuando mucho de los imputados están libres desde hace tiempo, pues se les venció el plazo de prisión preventiva antes de la conclusión del juicio que fue ocurrió la tarde del lunes.
DEFICIENCIA MARCADA
En su adelanto de fallo, los magistrados concluyeron que tal organización criminal nunca existió y menos que los detenidos sean parte de la misma. Es decir, el operativo, ejecutado la madrugada del 11 de julio del 2018, que terminó con la captura de estas personas, en la que participaron más de 100 policías y una decena de fiscales, fue en vano, más aún el haberla mostrado a las personas capturadas, ante la prensa, poco después, enmarrocadas y con chalecos de detenidos, como si ya fueran culpables de todo.
Así se absolvió a Frank Steven Polo Amador, Edwin Sunción Villacorta, Deyvi Franco García, Selene Zapata Jiménez, Leoncio Vigo Villanueva, Anthony Sunción Villacorta, Leandro Azañero Mendoza, Fiorela Romero Pajuelo, Yovana Díaz Valverde, Luis Alva Quiroz, Ricardo Calvanapón Díaz, Edwin Villanueva Ahon, Janeth Eliana Espinoza Cruzado, Freddy Bravo Miranda, César Cabrera Guevara, Jorge Risco Paredes, Jack Reyes Carranza, Yonathan Róger Cueva Canma, Juan Cruz Cotrina, Karla Siesquen Bobadilla, Jahaira Reyes Villacorta, Linda Ospinal Carbajal, Juan García Rojas, Eddy Alfaro, José Alayo Jiménez, Anderson Urtecho Noriega, Jean Salvatierra Horna, Edgar Alexander Blas Valeriano, Ronald Alva Jave, María Marcelo Ruiz, Ruth Otiniano Torres, Sara Quisquiche Carrera, Marisol Opari Huanca, Estefany Reyes Villacorta, Josefina Mansilla Coila, Vanessa Monge Vásquez, Florenda Sichahuarhuachi de Gallardo, Yesica Vega Guzmán, Edia Huamán Terrones, Luis Martinez Vigo, José Máximo Ávila Chauca y Jordan Saldaña Salinas, como coautores del delito de organización criminal en agravio del Estado.
Los jueces llegaron a la conclusión que el Ministerio Público, en este caso representado por el fiscal Rafael Gonzales Hurtado, incurrió en una insuficiencia probatoria y un indebido planteamiento respecto a la existencia de esta organización criminal y los roles que cumplió cada uno de los imputados.
“Se evidencia comunicaciones con contenido ilícito, pero respecto de hechos aislados e independientes, pero no con respecto a una organización criminal, donde hay una deficiencia muy marcada respecto de varios de los procesados. No ha existido fundamental prueba idónea y objetiva que acredite fundamentalmente la atribución de los diversos números telefónicos que se les atribuye, empezando por los líderes de la organización”, señalan en su adelanto de fallo al sostener que la Fiscalía no pudo ni siquiera demostrar que esos celulares eran usados por los imputados y menos que sean ellos a través de una pericia de voz.
El Juzgado más bien individualizó los delitos tras haber descartado la existencia de una organización criminal. Así, condenó Deyvi Franco García a 27 años de prisión por el delito de extorsión agravada en agravio de empresarios de diferentes rubros. También se condenó a 9 años de pena privativa de libertad a Yovana Díaz Valverde y Leandro Azañero Mendoza por el delito de extorsión en agravio de una empresa de transportes. Por este caso, también, se sentenció a 11 años de prisión a Jorge Luis Martínez Vigo. Asimismo, se aplicó 11 años de pena privativa de libertad a Leoncio Vigo Villanueva, Antonio Alva Quiroz, Ricardo Calvanapón Díaz y Edy Huamán Terrones por el delito de extorsión en agravio de una empresa de mototaxis. Otra condena es contra Yan Salvatierra Horna por receptación agravada. Se le impuso 4 años de pena privativa de libertad. Salvatierra también fue condenado a 6 años de prisión por tenencia de municiones.
LA ASISTENTE DEL FISCAL RABANAL
Entre los absueltos se encuentra la abogada Jahaira Reyes Villacorta, quien se desempeñaba como asistente del fiscal William Rabanal Palacios. En el 2018, Ministerio Público pidió su detención sindicándola de ser la informante y colaboradora de la organización criminal “Los nuevos malditos de El Triunfo”. La Fiscalía no pudo demostrar la existencia de la organización criminal y menos la imputación contra Jahaira Reyes Villacorta, quien quedó en libertad a los primeros días en que se produjo su detención. Pese a que no había pruebas contundentes en su contra, la Fiscalía evitó retirar la acusación contra ellos y otros imputados. Por este motivo, la asistente del fiscal William Rabanal fue separada del Ministerio Público y perdió su trabajo. La defensa legal de ella estuvo a cargo del estudio jurídico que dirige el abogado Robert de la Cruz Rosas. La pregunta es: ¿quién sana el daño ocasionado a las personas que no tienen nada que ver con el delito?