Las rondas campesinas y la seguridad ciudadana

Por José Antezana Soto

Especialista en seguridad ciudadana

La propuesta del señor presidente de la República, Pedro Castillo, en el sentido de que las rondas apoyen en la seguridad ciudadana, tendrá que ser canalizada y normada adecuadamente por el Ministerio del Interior, teniendo en cuenta, primero, el artículo 149 de la Constitución de 1993, sobre el ejercicio de la función jurisdiccional por las comunidades campesinas y nativas, que estipula, claramente, entre otros, que la rondas campesinas pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial   de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona.

La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás estancias del Poder Judicial, la cual no permite el accionar de las rondas en las ciudades o zonas urbanas, donde también, por ley, están activas las Juntas Vecinales Municipales y de la Policía Nacional, Brigadas Urbanas, entre otras organizaciones sociales.

Si el objetivo es fortalecer la prevención en seguridad ciudadana, deberá primero normarse por ley la participación, capacitación, implementación logística y presupuesto a las organizaciones sociales inmersas en el tema de seguridad ciudadana, incluyendo a los Comités de Autodefensa, con gran experiencia en la lucha contra el terrorismo, y cuyo campo de acción, actualmente, son también las zonas rurales, todas ellas bajo la administración de los Comités de Seguridad Ciudadana, ya sean distritales, provinciales y regionales, creadas por Ley N° 27933, y no como una fuerza paramilitar paralela a nuestra Policía Nacional.

Considerar también que la falta de capacitación y orientación en sus funciones de las rondas campesinas ha originado que muchos de sus integrantes hayan ocasionado, múltiples enfrentamientos con la Policía Nacional, incluso faltándole el respeto en desmedro de su principio de autoridad que, como sabemos todos, que nuestra Policía Nacional es un órgano encargado de proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, prevenir el delito, preservar el orden público y social, velar por el respeto de los bienes nacionales, sociales y particulares, y prestar el auxilio necesario al Poder Judicial y a otras instituciones públicas.

Una delicada responsabilidad es la que le espera al Ministerio del Interior a fin de normar y actuar con equidad y justicia para que reciban el mismo trato tanto las  rondas campesinas, juntas vecinales, brigadas urbanas y otros operadores de seguridad ciudadana que requieren de un presupuesto, implementación logística, capacitación y orientación para optimizar sus funciones netamente preventivas, entiéndase bien preventivas, ayudará a minimizar los espacios donde opera el crimen organizado y la delincuencia, siendo así un gran aliado de nuestra Policía Nacional y en un futuro cercano también de nuestras Fuerzas Armadas.

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