La crisis política en la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco entra en una etapa decisiva. Un grupo de regidores formalizó ante el alcalde Víctor Primitivo Luján Chero la exigencia de convocar a una sesión extraordinaria del Concejo Municipal para debatir la solicitud de vacancia presentada contra su gestión, bajo la acusación de presunto nepotismo.
En un documento oficial fechado el 1 de julio de 2025, los regidores Santos Álvaro Horna Pereda, Juan Francisco Guevara Quispe, Manuel Agustín Román Vásquez, Santos Justo Trujillo Iraita y María Elisa Esquivel Zavala de Leiva —quienes constituyen la mayoría del Concejo— reprocharon la demora del alcalde en agendar la sesión para tratar la solicitud de vacancia formulada por el ciudadano Paulino Yoel Vásquez Sánchez, respaldada en las disposiciones del artículo 13 de la Ley Orgánica de Municipalidades y normas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El origen del conflicto
La solicitud de vacancia se sustenta en la causal de nepotismo, alegando que el alcalde habría favorecido indebidamente a familiares directos en la administración municipal. Según los regidores, el alcalde ya había sido formalmente notificado para convocar a la sesión en reiteradas ocasiones, sin que se respetaran los plazos legales previstos para la reprogramación.
El grupo de regidores sostiene que la omisión del alcalde podría interpretarse como un intento de dilatar o entorpecer el proceso, por lo que dejaron constancia por escrito de que ellos mismos, en uso de sus atribuciones, programarían la sesión en caso de que la autoridad edil continúe sin cumplir con su obligación.
“El plazo de los cinco días para que usted convoque —en reprogramación— prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades ha sido sobrepasado en exceso”, señalaron los regidores en el documento.
Fecha programada para el debate
Ante la presión ejercida por los regidores y tras las comunicaciones formales presentadas en las sesiones ordinarias del 19 y 26 de junio de 2025, finalmente el alcalde accedió a programar la sesión extraordinaria para el 4 de agosto de 2025, en la que se debatirá la solicitud de vacancia contra su gestión.
En la carta, los regidores también subrayaron que sus exigencias no buscan perseguir responsabilidades penales ni administrativas adicionales, sino garantizar el cumplimiento de la ley y de los plazos procesales establecidos.
¿Qué dice la ley?
El artículo 13 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que el Concejo Municipal tiene la obligación de debatir y resolver, dentro de los plazos legales, las solicitudes de vacancia debidamente sustentadas. De no hacerlo, los regidores pueden, por mayoría, convocar a sesión para no dejar sin trámite la solicitud.
El Jurado Nacional de Elecciones, en autos anteriores, ha ratificado que los alcaldes y concejos municipales no pueden demorar ni archivar indebidamente las solicitudes, ya que ello vulnera derechos de participación ciudadana y principios de transparencia.
El próximo paso
El 4 de agosto se decidirá si el Concejo declara fundada la solicitud de vacancia o la rechaza. En caso de aprobarse, la decisión deberá ser remitida al JNE para su validación final.
El proceso será observado por autoridades locales, medios de comunicación y organizaciones ciudadanas interesadas en la rendición de cuentas y la lucha contra la corrupción en los gobiernos subnacionales.

