Congresista Guillermo Bermejo propone ley que prohíbe el decomiso de mercadería a comerciantes ambulantes

El congresista Guillermo Bermejo Rojas, integrante del grupo parlamentario Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial, presentó un proyecto de ley que prohíbe el decomiso o retención de bienes lícitos y no peligrosos pertenecientes a los comerciantes ambulantes, con el objetivo de frenar los abusos que se cometen durante los operativos municipales en todo el país.

La iniciativa legislativa, denominada “Ley que establece garantías en la fiscalización del comercio ambulatorio y prohíbe el decomiso de bienes lícitos y no peligrosos”, busca uniformar criterios y procedimientos a nivel nacional, así como reformar la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.º 27972).

El proyecto reconoce a los comerciantes ambulantes como personas naturales que ejercen actividades económicas de subsistencia, y garantiza que ninguna autoridad municipal podrá confiscar mercadería o herramientas de trabajo si estas son de origen legal y no representan un riesgo sanitario o de seguridad pública.

“No se puede seguir permitiendo que se destruya o arrebate el sustento de familias enteras en nombre del orden público”, sostiene Bermejo en la exposición de motivos.

Solo podrán ser decomisados los bienes ilícitos o peligrosos, como alimentos vencidos, productos falsificados, sustancias inflamables sin control o mercadería robada.

Además, la norma obliga a que todo operativo municipal se documente con actas y, cuando sea posible, con registro audiovisual, entregando copia inmediata a los comerciantes intervenidos.

Prohibición de uso de la fuerza

El texto establece que los fiscalizadores no podrán hacer uso de la fuerza, y en caso de resistencia, solo la Policía Nacional podrá intervenir bajo criterios de legalidad y proporcionalidad.

También reconoce derechos esenciales a los vendedores, como: recibir trato digno y no violento, acceder a información clara sobre los motivos de la intervención, grabar el operativo por cuenta propia y exigir la devolución o indemnización por daños a su mercadería.

Los funcionarios que incauten bienes sin justificación o manipulen indebidamente los productos decomisados podrían ser sancionados con suspensión, destitución o responsabilidades penales y civiles.

Asimismo, se ordena a las municipalidades crear padrones de vendedores ambulantes y otorgar permisos temporales en zonas definidas, promoviendo la formalización progresiva mediante capacitación, microcréditos y programas de reubicación consensuada.

El proyecto, que deberá debatirse en la Comisión de Descentralización y Gobiernos Locales del Congreso, plantea una modificación sustancial en la relación entre autoridades municipales y trabajadores informales.

Su finalidad, según el documento, es “armonizar la convivencia pacífica en el espacio público y proteger la dignidad, integridad y sustento económico de los comerciantes ambulantes”.

De aprobarse, la ley obligará a los municipios a revisar sus ordenanzas y alinearlas a estos nuevos estándares. En caso de contradicción, prevalecerán las disposiciones de la ley nacional.

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Causa Justa

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