Los Sánchez Paredes están a punto de librarse de la justicia

En medio del juicio a la familia Sánchez Paredes en La Libertad, el abogado César Nakazaki ha presentado sus argumentos para solicitar la absolución de Orlando Sánchez Paredes, quien enfrenta acusaciones de lavado de activos provenientes supuestamente del tráfico ilícito de drogas. Nakazaki ha cuestionado la falta de precisión en la acusación fiscal y ha argumentado que no se han establecido de manera contundente los hechos ilícitos previos ni el movimiento del dinero, lo que debilita la base legal para sancionar el autolavado de activos.

El abogado ha destacado que durante los últimos quince años, el Ministerio Público no ha logrado presentar pruebas concretas que vinculen a Santos Orlando Sánchez Paredes con actividades de tráfico ilícito de drogas, lo cual es esencial en un caso de lavado de activos con la agravante de narcotráfico. Nakazaki ha insistido en que la fiscalía debía presentar pruebas sólidas y certezas en torno al delito previo para obtener una sentencia condenatoria.

La acusación de la fiscalía se enfoca en las actividades del hermano de Orlando, Simón Sánchez Paredes, quien fue asesinado en 1987 en Rancho Luna, México, lugar donde se encontró un laboratorio de procesamiento de drogas. Sin embargo, Nakazaki ha cuestionado la falta de pruebas concretas y la ausencia de corroboración sobre la existencia de una pista clandestina en Bayovar, Piura, desde donde supuestamente se enviaban cargamentos de droga a México.

El abogado también ha enfatizado que ser hermano de un narcotraficante o haber estado involucrado en investigaciones por narcotráfico no constituye un delito en sí mismo, sino que es un indicio que requiere pruebas adicionales para convertirse en una certeza. Nakazaki ha argumentado que la fiscalía no ha presentado pruebas suficientes que respalden los cargos y que la falta de precisión en los hechos y el movimiento del dinero afecta el derecho de defensa y el debido proceso de los acusados.

Durante las audiencias de alegatos de defensa, Nakazaki también ha mencionado la posibilidad de un factor político en este caso, haciendo referencia a la guerra comercial entre los hermanos Sánchez Paredes y una empresa canadiense, así como a una conferencia de prensa inusual en 2008 ofrecida por el entonces presidente Alan García y altos funcionarios para anunciar la investigación policial contra los Sánchez Paredes.

En el aspecto jurídico, Nakazaki ha planteado la necesidad de precisar los delitos de lavado de activos en la legislación peruana, señalando que el delito se estableció en noviembre de 1991 y que, por lo tanto, si Simón Sánchez Paredes falleció en 1987, no se habría cometido lavado de activos en ese período. Además, ha resaltado la importancia de distinguir entre el proceso de blanqueo de dinero y el delito de lavado

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